No, la atención sanitaria urgente no está sujeta a carencia. De modo que puedes marcar el teléfono de ASISA URGENCIAS: 900 900 118 desde el mismo momento en que contrates tu póliza.
Otra cosa diferente es si, tras haber recibido la atención sanitaria urgente, el paciente deba someterse a algún tratamiento o quedar ingresado. En este caso, con carácter general, sí se aplicaría el periodo de carencia correspondiente, que es de 8 meses para hospitalización y 6 meses para el resto de tratamientos.
Se entiende por urgencia vital aquella de carácter médico y sanitario que, de no prestarse de forma inminente, podría poner en peligro la vida del paciente, su integridad o producir un menoscabo permanente en su salud.
En estos casos, el Asesor Médico de la Delegación de ASISA hará una valoración de cada situación concreta.