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¿Puedo acudir a Servicios de Urgencia ajenos a ASISA?

No, siempre debes utilizar los servicios que ASISA te indique en el teléfono ASISA URGENCIAS: 900 900 118.

Si acudes a medios ajenos a ASISA, tendrás que abonar los gastos en que incurras y no tendrás derecho al reintegro, salvo en caso de denegación injustificada de asistencia o de asistencia urgente de carácter vital, que es aquélla que, de no prestarse de forma inminente, podría poner en peligro la vida del paciente, su integridad o producir un menoscabo permanente en su salud.

En estos casos:

  • La atención sanitaria urgente debe realizarse en el centro médico u hospitalario más próximo al lugar en el que se hayan producido los hechos.
  • Y debe comunicarse a ASISA en las 48 horas siguientes, por cualquier medio que permita dejar constancia de la comunicación, aportando el correspondiente informe médico de urgencias. Y ASISA responderá en el plazo de 48 horas, si acepta, o no, hacerse cargo de la asistencia.

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